Las convalidaciones se solicitan una vez matriculado o en el momento de la matrícula. El periodo de solicitud es durante todo el curso, por motivos organizativos es preferible que se presente antes del 30 de septiembre.
La normativa que la regula es la siguiente:
Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre Enlace externo, se abre en ventana nueva , por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Enlaces informativos:
Modelos de solicitud de convalidación:
- Solicitud ciclos Grado Medio presencial
- Solicitud ciclos Grado Medio semipresencial
- Solicitud ciclos Grado superior presencial (Fam. Sanidad)
- Solicitud ciclos Grado superior presencial (Fam. Servicios socioculturales y la comunidad)
- Solicitud ciclos Grado superior semipresencial (Fam. Servicios socioculturales y la comunidad)
- Solicitud ciclos Grado superior presencial (Fam. Seguridad y medioambiente y Mto. y servicios a la producción)
- Solicitud al Ministerio de Educación y Formación Profesional (Estudios universitarios, FPI, FPII y de estudios LOE a LOGSE)
Renuncia a convalidaciones: El plazo de renuncia a la convalidación expira 15 días naturales antes de la sesión de evaluación final